Por: Eduardo
Jiménez J.
ejimenez2107@gmail.com
ejj39@hotmail.com
@ejj2107
La aplicación del decreto legislativo 1194 que contempla
los delitos en flagrancia (cuando es evidente y no reviste complejidad la
comisión del delito, ejemplo: un robo al paso, capturando al autor en el acto)
está llevando a serios cuestionamientos de lo que podría suceder de continuar
con el ritmo de aplicación de la norma en todo el país.
Es cierto que estos delitos, considerados “menores”, en
más de una oportunidad la pena impuesta era un saludo a la bandera, con lo que
se hacía reiterativa la comisión a sabiendas que no existía sanción efectiva.
Es lo que sucede con la falta de respeto a la autoridad policial, la cual, por
múltiples razones, ha perdido respeto y legitimidad en la sociedad. De allí que
es escena común el presenciar a policías golpeados, cacheteados, escupidos,
insultados y hasta atropellados, como fue el caso con la señora Silvana
Buscaglia, primera procesada al amparo del Dec. Leg. 1194 y que le ha valido
una condena cercana a los siete años por “cachetear” a un policía de tránsito.
La pregunta es si el remedio no será peor que la
enfermedad.
El 1194 permite condenar en tiempo record, con el
beneplácito de jueces, fiscales, prensa y sociedad civil. El Poder Judicial,
tan venido a menos, gana algo de simpatía entre la sociedad y, de paso, las
autoridades penitenciarias. Fiscalía, Ministerio del Interior, Ministerio de
Justicia, todos felices y contentos hasta ahora.
Como varios entendidos en el tema ya lo han notado, el
problema se puede presentar más adelante. El hecho es que si el ritmo de
condenas por flagrancia continúa como hasta ahora, en corto plazo no vamos a
tener centros penitenciarios (cárceles) para albergar a tanto condenado. Tome
en cuenta que ahora robar un celular puede costar hasta 11 años de pena
efectiva de internamiento.
Para cargar un poco las tintas, la situación hace
recordar a la Inglaterra del siglo XVIII, cuando robar un pan podía tener pena
de muerte. Lo malo es que entre nosotros la pena de muerte no se aplica para
los delitos comunes, por lo que no cabe otra solución que aumentar el número de
penales … o cambiar la norma.
Como más fácil es cambiar la ley que crear nuevos centros
penitenciarios, estoy más que seguro que los legisladores optarán por lo
primero en un muy corto plazo.
Por otra parte se encuentra la proporcionalidad de las
penas.
Está fuera de toda proporcionalidad que a una señora sin
antecentes penales la castiguen con casi siete años de pena privativa por
faltarle el respeto a un policía, mientras que un homicidio puede recibir una
pena mucho menor y un trato más benigno. Y la excusa que dan los jueces que
“ese un problema del Código Penal” no justifica penas draconianas como la impuesta
a la señora Buscaglia. Y no seamos fariseos, se le dio esa pena por tres
evidencias subjetivas: es blanca, de “situación acomodada” y el caso fue
mediático, por lo que el Poder Judicial no quería quedar mal ante la sociedad.
Bastaba que sufra seis meses de pena efectiva, pague una fuerte multa, ofrezca
disculpas públicas a la autoridad ofendida y se le obligue a otros seis meses
de servicios comunitarios para resarcir el daño; pero seis años y ocho meses se
encuentra fuera de toda proporción. Puro populismo penal y del malo. (Y para
evitar las suspicacias, debo declarar que no conozco ni remotamente a la señora
en cuestión).
Lo cual lleva a su vez a la necesidad que una comisión
del ejecutivo, del legislativo o una comisión mixta, revise las penas que
existen en el Código Penal. La inclusión de nuevos delitos, el aumento de penas
en otros, ha creado un “Frankenstein jurídico” de horribles consecuencias.
Merecen una revisión exhaustiva las penas y que estas sean proporcionales.
Este Congreso que termina dudo que lo pueda hacer; pero
el siguiente gobierno en coordinación con el nuevo Legislativo puede hacer una
labor útil allí, antes que se vea acorralado por los inevitables escándalos de
coyuntura.
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