Friday, January 15, 2016

FLAGRANCIA

Por: Eduardo Jiménez J.
        ejimenez2107@gmail.com
        ejj39@hotmail.com
       @ejj2107

La aplicación del decreto legislativo 1194 que contempla los delitos en flagrancia (cuando es evidente y no reviste complejidad la comisión del delito, ejemplo: un robo al paso, capturando al autor en el acto) está llevando a serios cuestionamientos de lo que podría suceder de continuar con el ritmo de aplicación de la norma en todo el país.

Es cierto que estos delitos, considerados “menores”, en más de una oportunidad la pena impuesta era un saludo a la bandera, con lo que se hacía reiterativa la comisión a sabiendas que no existía sanción efectiva. Es lo que sucede con la falta de respeto a la autoridad policial, la cual, por múltiples razones, ha perdido respeto y legitimidad en la sociedad. De allí que es escena común el presenciar a policías golpeados, cacheteados, escupidos, insultados y hasta atropellados, como fue el caso con la señora Silvana Buscaglia, primera procesada al amparo del Dec. Leg. 1194 y que le ha valido una condena cercana a los siete años por “cachetear” a un policía de tránsito.

La pregunta es si el remedio no será peor que la enfermedad.

El 1194 permite condenar en tiempo record, con el beneplácito de jueces, fiscales, prensa y sociedad civil. El Poder Judicial, tan venido a menos, gana algo de simpatía entre la sociedad y, de paso, las autoridades penitenciarias. Fiscalía, Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia, todos felices y contentos hasta ahora.

Como varios entendidos en el tema ya lo han notado, el problema se puede presentar más adelante. El hecho es que si el ritmo de condenas por flagrancia continúa como hasta ahora, en corto plazo no vamos a tener centros penitenciarios (cárceles) para albergar a tanto condenado. Tome en cuenta que ahora robar un celular puede costar hasta 11 años de pena efectiva de internamiento.

Para cargar un poco las tintas, la situación hace recordar a la Inglaterra del siglo XVIII, cuando robar un pan podía tener pena de muerte. Lo malo es que entre nosotros la pena de muerte no se aplica para los delitos comunes, por lo que no cabe otra solución que aumentar el número de penales … o cambiar la norma.

Como más fácil es cambiar la ley que crear nuevos centros penitenciarios, estoy más que seguro que los legisladores optarán por lo primero en un muy corto plazo.

Por otra parte se encuentra la proporcionalidad de las penas.

Está fuera de toda proporcionalidad que a una señora sin antecentes penales la castiguen con casi siete años de pena privativa por faltarle el respeto a un policía, mientras que un homicidio puede recibir una pena mucho menor y un trato más benigno. Y la excusa que dan los jueces que “ese un problema del Código Penal” no justifica penas draconianas como la impuesta a la señora Buscaglia. Y no seamos fariseos, se le dio esa pena por tres evidencias subjetivas: es blanca, de “situación acomodada” y el caso fue mediático, por lo que el Poder Judicial no quería quedar mal ante la sociedad. Bastaba que sufra seis meses de pena efectiva, pague una fuerte multa, ofrezca disculpas públicas a la autoridad ofendida y se le obligue a otros seis meses de servicios comunitarios para resarcir el daño; pero seis años y ocho meses se encuentra fuera de toda proporción. Puro populismo penal y del malo. (Y para evitar las suspicacias, debo declarar que no conozco ni remotamente a la señora en cuestión).

Lo cual lleva a su vez a la necesidad que una comisión del ejecutivo, del legislativo o una comisión mixta, revise las penas que existen en el Código Penal. La inclusión de nuevos delitos, el aumento de penas en otros, ha creado un “Frankenstein jurídico” de horribles consecuencias. Merecen una revisión exhaustiva las penas y que estas sean proporcionales.


Este Congreso que termina dudo que lo pueda hacer; pero el siguiente gobierno en coordinación con el nuevo Legislativo puede hacer una labor útil allí, antes que se vea acorralado por los inevitables escándalos de coyuntura.

No comments: