Tuesday, August 25, 2009

CONTRATO, LEY Y ORDEN PÚBLICO: EL MERCADER DE VENECIA DE WIILIAM SHAKESPEARE

Como abogado lo que siempre me ha fascinado de El mercader de Venecia es el trasfondo legal de la obra. Tanto el comienzo de la trama –la celebración de un contrato- como la resolución –el debate jurídico en un tribunal sobre la validez o no de ese contrato- permite analizar la obra desde el punto de vista jurídico y practicar el uso de algunas instituciones legales, más allá de la ficción.

Bassanio, un joven de abolengo pero sin fortuna, pretende contraer matrimonio con Porcia, rica heredera, para lo cual debe presentarse lo mejor posible (ropa lujosa, presentes para la novia, flete de embarcación, esclavos, etc.), siendo necesario que solicite el dinero a Shylock, judío prestamista. Quien se obliga por el préstamo es Antonio, amigo de Bassanio (al ser sujeto de crédito por su solvencia económica, a diferencia de este último), prestigioso mercader de la ciudad de Venecia, acordando que la devolución de la suma pactada será en tres meses, lapso de tiempo estimativo que supone Antonio deben llegar los barcos con sus mercancías a Venecia y así poder cancelar la obligación. Para formalizar el crédito, suscribe un contrato1 ante Notario, estipulando que de no devolver la suma prestada en la fecha y lugar convenido, el acreedor (Shylock) podrá tomar una libra de la carne del deudor (Antonio).2

Como vemos, estamos ante un contrato de mutuo, con fecha cierta de devolución de la suma entregada y una cláusula penal a favor del acreedor en caso de incumplimiento del deudor (la libra de carne de Antonio). Desde el punto de vista jurídico, al tratarse de un acuerdo contractual, rige el adagio latino “pacta sunt servanda” (traducido libremente como “el pacto es ley entre las partes”), principio del derecho contractual que hasta el presente tiene vigencia.

Vencido el plazo fijado en el contrato, Antonio no cumple con honrar la obligación, en vista que los barcos con las mercancías de su propiedad no han llegado a buen puerto, estando en consecuencia imposibilitado de pagar la deuda, por lo que Shylock exige la ejecución de la cláusula penal a su favor por incumplimiento del deudor, recurriendo al supremo tribunal de Venecia en busca de tutela judicial.

El petitorio de Shylock es bastante concreto: ya no estriba en el pago de la deuda, así esta sea doblada o triplicada en su monto original como buenamente le ofrecen los amigos de Antonio, sino en la ejecución de la cláusula penal: no cumpliste con pagarme en el momento oportuno, exijo como resarcimiento una libra de tú carne.

Hasta allí la razón y el derecho parecen asistir a Shylock. El tribunal de Venecia se muestra impotente para negar el pedido del viejo prestamista sin caer en el descrédito. Venecia vive del comercio y debe respetar sus leyes para tener credibilidad ante el extranjero3 y parece no le queda más remedio que ejecutar lo que en el contrato se encuentra pactado. En ese momento dramático irrumpe en el tribunal Porcia, disfrazada del joven abogado Baltasar, a fin de asumir la defensa de Antonio4. Al inicio de su defensa parece le da la razón a Shylock, siguiendo las reglas del derecho contractual, obviamente todo contrato debe cumplirse de acuerdo a lo estipulado en el mismo (por lo que este lo llega a calificar como “el segundo Daniel”, juez del viejo testamento); pero, en la parte final de su alocución Baltasar/Porcia realiza un giro espectacular de 180º, al señalar que si bien es cierto la cláusula penal debe ejecutarse tal como está pactada, no es menos cierto que en el contrato no está pactado el derramamiento de sangre del deudor al momento de obtener la libra de carne, ni que se saque un gramo más de lo estipulado, y mucho menos el poner en riesgo su vida.5

En otras palabras, la cláusula penal a favor de Shylock es inejecutable, se trata de un imposible jurídico, y es un imposible jurídico porque la cláusula colisiona con normas de orden público de carácter imperativo que protegen la vida y la salud de las personas. Antonio es ciudadano veneciano (y por añadidura “cristiano viejo”), tiene derechos garantizados por el estado que están por encima de lo pactado. Lo que Baltasar/Porcia demuestra con sus argumentos jurídicos es que la cláusula penal desde sus inicios era inejecutable y es nula de pleno derecho por contravenir disposiciones de orden público que cuidan la integridad física de la persona (ante los distintos significados que tiene el concepto de orden público, estamos tomándolo en el sentido estático de conjunto de normas jurídicas de carácter imperativo y, por ende, de estricto cumplimiento).

Precisamente al atentar la cláusula penal contra la vida y la salud del deudor, Baltasar/Porcia pide como compensación económica la mitad de los bienes de Shylock a favor de Antonio (lo que entenderíamos nosotros ahora como una reconvención o “contrademanda” del emplazado) y la otra mitad en confiscación a favor del estado veneciano por haber contravenido el acreedor normas de orden público de carácter imperativo.

Se podría alegar en defensa del acreedor que el daño nunca se llegó a materializar. Antonio nunca puso en peligro su vida o su salud, en vista que Shylock no pudo ejecutar la cláusula penal, lo cual es cierto; pero si bien no existe un daño físico, podemos argüir que sí existió un daño moral o afectivo a la persona. Shylock expuso a Antonio a los avatares de un juicio, al cuestionamiento de la reputación de su buen nombre como comerciante, cuando lo que solicitaba de la justicia era algo imposible de ejecutar. Por añadidura, el temor de Antonio a perder la vida por cumplir la cláusula le ocasionó un sufrimiento inimaginable (“estrés agudo” diríamos actualmente), mereciendo un resarcimiento económico por el daño emocional sufrido.

*****

Existe en la obra una tensión entre el sentido de justicia y la legalidad. La justicia entendida como caridad, conmiseración hacia el otro, tratando de hacer entrar en razón a Shylock a fin que se desista de sus sanguinarias pretensiones. En contraposición este último se basa literalmente “en lo que dice la ley” o el convenio contractual, no importa si es justo o injusto, no importa si aún es a costa de la vida de un ser humano, sino en lo que está pactado; y, como vemos, al final se resolverá esa tensión entre la pretensión de Shylock y la absolución de Antonio gracias a una “tinterillada”: No interesa quien tenga la razón o de que lado se encuentre la justicia, sino quien es más hábil para ganar el proceso.6

Tomemos en cuenta que Porcia/Baltasar salva a Antonio gracias a una triquiñuela legal, bastante discutible, algo así como buscar la coma o el punto de la ley sobre la esencia de la misma, y si bien pudo ser por una “causa justa” (Bassanio, amigo de Antonio, dice: “Os suplico por una sola vez que hagáis flaquear la ley … haced un pequeño mal para realizar un gran bien”), no es menos cierto que se trata de “sacarle la vuelta a la ley”.

Para terminar, y como ya fue anotado por otros autores, existe una crítica social encubierta de Shakespeare hacia los cristianos que se escudaban en su condición de “herederos de Cristo” para aprovecharse de los otros, en este caso de los judíos, que como Shylock se dedicaban a un oficio todavía condenado por la Iglesia Católica a sus feligreses, por lo que los descendientes de Abraham tenían “el monopolio” de los préstamos de dinero a interés (un cristiano solo podía prestar en mutuo un bien o una suma de dinero sin intereses, lo cual –el cobrar intereses- era considerado todavía como usura, aunque por aquellos años la prohibición ya comenzaba a flexibilizarse gracias a la reforma protestante).

Asimismo, Shylock pide justicia como cualquier ciudadano –lo que denominamos ahora “tutela jurisdiccional efectiva”-, con un petitorio concreto –que se ejecute la cláusula penal- y aparentemente se le abren las puertas de la administración de justicia. Pero, al final esa aparente apertura del Tribunal a escuchar su pedido se trasforma en escarnio y despojo (Shylock, perplejo, logra exclamar “Is that the law?”, “¿Eso dice la ley?”). El aparato legal que mueve el prestamista, luego se vuelve en su contra. Shylock cobra una dimensión trágica hacia el final, no solo pierde el juicio, sino pierde también sus bienes, su religión (es obligado a convertirse al cristianismo para no perderlos todos) y hasta a su propia hija que ha fugado con un cristiano. Por eso este personaje de la literatura se hace muy querido, y, no obstante la reputación de usura que recaía sobre su raza, es un personaje muy difícil de olvidar.
Eduardo Jiménez J.
ejjlaw@yahoo.es


1 Shakespeare utiliza la voz “bond”, así cuando Shylock maquiavélicamente insta a Antonio a suscribir el documento ante Notario dice:
Then meet me fortwith at the notary’s
Give him direction for this merry bond
Algo así como “Acompáñame al notario a firmar un feliz contrato”.
La voz “bond” en inglés alude también a acuerdo, contrato, por lo que para el siguiente “ejercicio jurídico” vamos a tomarla en ese sentido.
2 No vamos a entrar en el debate si era lícito o no ese acuerdo o si las leyes de la época lo permitían, Shakespeare no era un letrado, ni pretendía recrear el mundo jurídico de la época, sino solo conseguir un efecto dramático sobre el auditorio.
3 Una institución que se cree nueva, la seguridad jurídica, no lo es tanto. Quizás sea tan antigua como el comercio entre las naciones. Venecia era una ciudad comercial por excelencia, vivía de su comercio, por lo que los extranjeros debían estar seguros que la ley se iba a cumplir igual para ellos en caso de acudir a la justicia. De allí que Shylock exclama: “Si me la negáis –es decir la aplicación de la ley y el acceso a la justicia-, anatema contra vuestra ley. Los decretos de Venecia, desde ahora, no tienen fuerza”. En lo que concuerda el propio Antonio: “El dux no puede impedir a la ley que siga su curso, a causa de las garantías comerciales que los extranjeros encuentran cerca de nosotros en Venecia…”.
4. Baltasar/Porcia se presenta ante el Tribunal de Venecia como una suerte de “amicus curiae”, un “amigo del tribunal”, que colabora en dar luces sobre el caso; pero, se trata de un engaño, dado que en el fondo lo que busca es defender a toda costa a Antonio.
5. Un argumento menos dramático, pero más jurídico, hubiese sido invocar la extinción de la obligación por causa no imputable al deudor: el hecho evidente de los barcos con las mercancías de Antonio que no llegaron al puerto de Venecia en la fecha convenida obedece no a causa imputable a este (que tiene el deseo de pagar la deuda), sino a un caso fortuito o fuerza mayor, en el caso particular, a un evento irresistible de la naturaleza.
6. En toda la obra trasuda el engaño. Recuérdese como Porcia elude a sus pretendientes con el señuelo de las cajas.

Wednesday, August 19, 2009

MI HERMANO ES FUJIMORISTA

Montado en bicicleta y enfundado en su polo color naranja, distribuye propaganda de Fuerza 2011 como si se tratase del nuevo evangelio, es tal su fe que logra convencer a quienes lo escuchan y ha llenado decenas de planillones con firmas para la inscripción de Keiko como presidenta, asiste a las charlas en el comité distrital del partido y sus ojos brillan de entusiasmo cuando habla de las actividades que realizan, es un creyente convencido en la inocencia del “Chino” y asiste, cual si se tratase de la Meca, a visitarlo con un grupo de correligionarios a la Diroes.

Hoy domingo me ha visitado y acaba de entregarme unos folletos de su partido, creo no me ha invitado a las charlas porque sabe que no comulgo con sus convicciones, pero no por eso nos hemos distanciado, menos peleado. En nuestra familia, a pesar de ser pequeña, siempre existió diversidad de credos religiosos o políticos, y nunca nos peleamos o distanciamos por las ideas; y si bien tuvimos por ahí algunos sectarios, fueron minoría. Tratamos de llevar las cosas en paz respetando las creencias del otro y, parece, la idea ha dado resultado.

No lo juzgo, solo trato de comprenderlo, y lo cierto es que reinstaurada la democracia en el 2000 los “políticos tradicionales” le fallaron a él y a su generación, anteponiendo sus ambiciones personales y cortoplacistas al bienestar del pueblo; por eso el fujimorismo (al igual que el nacionalismo de Humala) es una opción para muchos jóvenes que eran niños en los noventa e incluso recuerdan vagamente, tal que si se tratase de una pesadilla gore, como fue el desgobierno de Alan García en su primer mandato.

Reviso los boletines que me obsequió. En la parte superior aparece Keiko con su padre (el soporte de su campaña gira en torno a él: Fujimori presidente, Fujimori encarcelado, Fujimori condenado). Están escritos de manera sencilla y didáctica, como para que lo entienda cualquier persona. Me interesa sobretodo el que explica el desbalance patrimonial del ex presidente o cómo pudo pagar la cara educación de sus hijos. La verdad que para cuadrar las cuentas, las explicaciones son bastante rocambolescas, dignas de una novela de folletín. No van en línea recta, sino en zigzag, con desvíos, desniveles y entradas a túneles de dudosa claridad. Préstamos de amigos por aquí, ventas de propiedades por allá. Solo faltó alguna herencia de tía o tío rico para completar el cuadro.

Al final de uno de los boletines leo una frase lapidaria que pretende justificar los “excesos” ocurridos en su mandato, frase atribuida al desaparecido Alberto Bustamante, su entonces primer ministro, que dice textualmente: “Personalmente pienso que Fujimori fue la primera y principal víctima de un esquema delincuencial”.
Es decir, “el Chino” no sabía nada de lo que hacía su asesor Montesinos.

Estoy seguro que mi hermano con el tiempo y cuando pase la etapa de la idealización de la política, igual que ocurre en el enamoramiento al terminar el hechizo del amor se “descubre” más sereno que nuestra pareja no era todo lo perfecta que creíamos, descubrirá en su crudeza la política menuda, la del día a día, de traiciones y ambiciones, de abundantes miserias y escasas grandezas, tal como me sucedió a mí cuando simpaticé con la izquierda marxista en mis veinte. Quizás abra los ojos y se convierta en un escéptico observador como su hermano mayor o quizás siga entusiasmado haciendo política. Solo el tiempo lo dirá.
Eduardo Jiménez J.
ejjlaw@yahoo.es

Wednesday, August 12, 2009

¿ASISTIENDO AL FIN DE UN RITUAL?

Hoy (5 de Agosto) concluyó la Feria Internacional del Libro, señera junto a la tradicional Feria Ricardo Palma en Miraflores. Una en el mes de Julio (el mes de mi cumpleaños) y la otra en el mes de Diciembre, a las que ahora se suman las Ferias Regionales.

A pesar de ese entusiasmo ferial, a veces me pregunto ¿no estaremos asistiendo a un rito que está llegando a su fin? Me refiero a la celebración del libro impreso, aquel que ocupa espacios más o menos grandes dependiendo del tamaño de la biblioteca que cada uno posea. Es muy romántico creer que no desaparecerá, más de una generación ha crecido con un amor devocional al libro impreso, acariciar su textura, apreciar su forma, oler la tinta fresca cuando se abre, escuchar el sonido de las hojas al voltear la página, quedar embelesado por el tipo de letra o el diseño de la carátula, entre otros detalles más que hacen las delicias de un bibliómano. Personalmente me encuentro en esa larga lista, de aquellos que nos manteníamos despiertos hasta altas horas de la madrugada gozando de un buen libro y de la forma que este tenía, así sea uno pequeño, de bolsillo. Ese amor cuasi religioso me motivó después a escribir, a “dar el salto” a la creación.

No obstante la deuda que tengo y a pesar que las ferias librescas parecen decir lo contrario, vuelvo a insistir en mi pregunta inicial: ¿no estaremos asistiendo al fin de un ritual?, de un acontecimiento que será recordado solo por las revistas y libros electrónicos del mañana como “lo que fue” el libro en sus inicios. Es que la tecnología está allí, al alcance de la mano, e internet ya no es solo un pasatiempo, sino una necesidad.

Imagino que cuando se inventó la imprenta y fueron publicados los primeros libros tal como los conocemos hoy en día, aquellos que hasta ese momento estaban acostumbrados a los pergaminos enrollados de piel de carnero, escritos a mano con tintas extraídas de animales y plantas, y conservados celosamente en abadías y monasterios, se formularon preguntas similares. “El sacudón” debe haber sido bastante fuerte para aquellos letrados medioevales.

No dudo que los bibliófilos tendrán sus reparos, así como lo tuvieron los lectores de pergaminos seiscientos años atrás; pero, la imprenta de Gutenberg también fue un adelanto tecnológico revolucionario en su época como lo es hoy internet. Y, no obstante mi temor inicial, cuando hace trece años estuve frente a una computadora por primera vez, ahora ya leo libros electrónicos y escribo en un blog que está construido gracias a la nueva tecnología. Pertenezco a esa generación que va a caballo entre los dos inventos que cambiaron sus épocas: el del libro físico y el del libro digital; y soy conciente que las generaciones posteriores a la mía son ciento por ciento virtuales, generaciones que les parece raro leer un libro físico de más de quinientas páginas.

Quizás en algunos años más las presentaciones de libros sean netamente por video conferencias y las ferias librescas más virtuales que reales, donde será moneda corriente descargar un libro por medio de una tarjeta de crédito, leerlo en un pequeño dispositivo menor a la palma de nuestras manos y ver a su autor disertando en tiempo real en una gran pantalla lcd, probablemente a miles de kilómetros de distancia, con traducción simultánea para los interesados.
Eduardo Jiménez J.
ejjlaw@yahoo.es

Wednesday, August 05, 2009

EL MRTA QUIERE SER PARTIDO POLÍTICO

(A raíz de la presentación en el Congreso de la República de un grupo de dirigentes del partido político Patria Libre, muchos de los cuales pertenecieron al Movimiento Revolucionario Túpac Amaru - MRTA, vuelvo a publicar ligeramente modificado un artículo aparecido el 11.6.08 en este mismo blog. Como decíamos en aquella ocasión, solo el tiempo determinará si es que llega a cuajar como un partido político democrático. Los que quieran conocer un poco más el ideario de Patria Libre, pueden consultar su página en: http://patrialibre21.blogspot.com).

El hecho no debe de extrañarnos (me refiero a que un movimiento insurreccional en principio quiera después actuar dentro de la legalidad), pese a los comentarios recelosos que la noticia ha ocasionado. Los movimientos guerrilleros o insurgentes, sea que hayan empleado actos terroristas o no (lo cual es materia de un análisis distinto), al fracasar en la lucha armada tienen tres opciones: se auto disuelven insertándose en la sociedad civil; se mantienen en estado larvado, sufriendo un proceso de degeneración (deciden dedicarse a los secuestros, a robos lucrativos o al servicio del narcotráfico); o deciden asimilarse a la legalidad y al estado de derecho, constituyéndose como partidos políticos. Es lo que sucedió, por ejemplo, con el Frente Sandinista de Liberación Nacional en Nicaragua una vez llegado al poder (el único caso de un movimiento guerrillero que actuando en democracia cede el poder a un partido opositor en justas electorales), el Frente Farabundo Martí en El Salvador, el M-19 en Colombia. El caso más emblemático de grupo insurgente que se mantiene en estado larvado, degenerando en negocios turbios con el narcotráfico o el secuestro de personas son las FARC en Colombia, y en nuestro país, Sendero Luminoso.

El ingreso a la legalidad de los grupos armados se produce por tres causas: primera, por “la conquista del poder”, vale decir la guerrilla resulta triunfante y procede a instaurar “un nuevo orden” desde el estado conquistado (los únicos casos exitosos en la región fueron los de Cuba y Nicaragua); la segunda, por amnistía, cuando existe un “empate” político y/o militar entre las fuerzas del orden y el movimiento armado (caso del M-19 o el F. Martí), en éste caso, a veces, una organización internacional o un grupo de gobernantes vecinos interponen “sus buenos oficios” a fin de facilitar el diálogo y la subsecuente solución; la tercera causa es cuando el movimiento subversivo ha sido derrotado y sus principales dirigentes encarcelados y aquellos que han purgado su pena, salen libres (generalmente mandos intermedios), recobrando sus derechos ciudadanos, incluso el derecho de elegir y ser elegido (es el caso del MRTA).

El problema gira en torno a si deben o no ser admitidos en la legalidad, considerando con cautela su pedido, dados sus antecedentes. Es como si un ladrón prontuariado, una vez cumplida su condena, quisiera ser vigilante de una entidad bancaria. Quizás sus antiguos hábitos todavía hagan recelar.

Es natural la suspicacia, pero el caso no es tanto juzgar a priori, sino que por los actos de sus propios integrantes se conocerá si existe un verdadero sinceramiento democrático. Generalmente los grupos subversivos que pasan a la legalidad atraviesan por una etapa de transición, en la cual si bien realizan una autocrítica de sus actos pasados, todavía reconocen con orgullo el fin noble de sus objetivos (una sociedad más justa). Se desprenden del pasado pero todavía no del todo. Es el caso del MRTA actualmente (y lo fue del APRA en sus orígenes). Superada esa etapa de transición, si logran desprenderse del todo de su pasado, entrarán cien por ciento en las puertas de la legalidad y el sistema democrático, lo cual puede ser coadyuvado con el ingreso de nuevos miembros que no hayan estado comprometidos con los hechos subversivos.

Sobre este punto una aclaración. La subversión en si misma no es buena o mala. Por citar solo dos ejemplos. Los fundadores de nuestro país como república fueron considerados “subversivos” en su tiempo, al igual que los padres de la naciente república norteamericana. Otra cosa muy distinta es la defensa del sistema democrático contra quienes lo atacan. Obviamente que aquellos que no creen en el sistema no pueden actuar en la legalidad, como sucede en España con los etarras o en Alemania con los nazis. Es un mecanismo de protección que el propio sistema crea para ser inmune a los ataques desde dentro de la sociedad.

Ahora bien, si ciertos cuadros del MRTA quieren actuar en la legalidad, como hemos visto, no existiría ningún impedimento, siempre que cumplan con las formalidades de ley (inscripción como partido político, número mínimo de adherentes, locales partidarios, etc.); pero, sobretodo, interioricen sus integrantes los valores democráticos, esta última tarea más larga y compleja que la simple inscripción.

Muchos de los miembros del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru han purgado carcelería y están libres. Jurídicamente, como ciudadanos con sus derechos recobrados, pueden ejercer sus derechos políticos irrestrictamente, incluyendo el asociarse y decidir inscribir un partido político. Desde el punto de vista de la variedad partidaria, será una alternativa que oxigenará nuestro enrarecido y atomizado medio. Que convenza o no su programa político, que sus dirigentes sean expresión de la “conversión” democrática que manifiestan, que llegue a cuajar o no como partido político y sea representativo de la sociedad peruana, eso solo el tiempo lo dirá.
Eduardo Jiménez J.
ejjlaw@yahoo.es