Es cierto que el tema
nació y continúa por la frustrada compra del Grupo La República (GLR) de los
productos de Epensa (entre otros la revista Correo Semanal, los diarios Correo,
Ojo, Ajá –fuera de circulación desde el 30 de Diciembre pasado- y El Bocón).
Como es sabido, el Grupo El Comercio (GEC) concretó la transacción económica,
desplazando a su rival La
República, la que inmediatamente reaccionó denunciando una
“concentración de medios”, realizando una campaña mediática sostenida, con
foros públicos, constantes primeras planas del tema, invitación de “expertos en
la materia”, incluyendo una entrevista in extenso a nuestro Nobel, quien se
pronunció enfáticamente contra la concentración de medios por un solo grupo
empresarial. Debemos tener presente que la declaración de Mario Vargas Llosa (y
su posterior artículo principista) no es de un intelectual de izquierda, sino
de un reputado intelectual de raigambre liberal, reforzando notablemente, con
la autoridad moral que ostenta, la posición anti-concentradora en el debate
generado.
Esta campaña
sostenida traspasó las fronteras mediáticas cuando a fines del año 2013 el
accionista mayoritario del GLR, junto a varios y conocidos periodistas (muchos
de su propia casa periodística) interpusieron una acción de amparo contra la
referida compra y contra los contratantes por atentar contra la libertad de
expresión, solicitando la nulidad de la compraventa de las acciones. Como es
conocido, la acción fue admitida a trámite.
El problema tiene
distintas aristas para su análisis: la jurídica, la política, la de derechos
fundamentales, la económica, la constitucional, la judicial, la de libertad de
mercado, de empresa y de competencia.
En propiedad, según
declaraciones de voceros cercanos al GEC, se trataría de una compraventa del
54% del paquete accionario referente a la producción, comercialización y
distribución de los productos de Epensa, más no el control editorial, la generación
de contenidos, ni las plataformas multimedia, que quedarían en manos de la
familia Agois-Banchero a través de la empresa Epensa SAC. En otras palabras, el
GEC tiene el control económico absoluto del conglomerado periodístico, vale
decir lo que es tiraje, distribución de los productos, merchandaising, cartera
de clientes, fijación de tarifas publicitarias, promociones, etc.; mientras los
Agois-Banchero tendrían el “control político” de dichos medios, vale decir
podrían fijar la línea editorial de los productos y las informaciones
periodísticas, incluyendo las que aparecen en las páginas webs de los diarios.
Si bien “el affaire”
comenzó como una pelea entre dos grupos empresariales mediáticos, lo cierto es
que ahora rebasa los límites de lo privado para convertirse en un asunto de
interés público que debería ser debatido ampliamente, más allá de los intereses
económicos de ambos grupos mediáticos.
La concentración de
medios es un fenómeno que se produce en distintas partes del mundo. La
consolidación de grandes empresas mediáticas ha permitido que ingresen a
distintas áreas como la televisión, la radio, el internet y, por supuesto,
comprar otros periódicos (lo que se denomina “propiedad cruzada”). También es
cierto que algunos países -de corte marcadamente liberal y capitalista- han
regulado los porcentajes de la participación de medios, a fin que no se generen
“externalidades negativas” producto de la concentración en pocas manos de
distintos medios de comunicación (el caso más emblemático es el de la propia
Inglaterra).
Entre nosotros, como
en muchos aspectos que requieren una adecuada regulación, no contamos con una
ley expresa. Si bien el párrafo segundo del artículo 61º de la Constitución Política
alude implícitamente al tema, pero faltó una ley de desarrollo de dicho
contenido constitucional, ley que en su momento hubiese ahorrado más de un
problema como el presente.
El asunto va por las
“externalidades negativas” que pueden ocurrir cuando un solo grupo mediático
tiene una posición dominante en el mercado de medios de comunicación, más si
ese grupo, aparte de los medios escritos, tiene participación en la televisión,
la radio y el internet.
Tratándose de medios
de comunicación, las “externalidades negativas” afectan ámbitos privados y
públicos, y van desde sesgar la información a favor o en contra de algún tema o
personaje, pasando por las condiciones para el ingreso de nuevos medios, la
distribución y venta de los medios de la competencia, las tarifas
publicitarias, participación del total de publicidad disponible (lo que llaman
“la torta publicitaria”), hasta la libertad de expresión e información, y la
propia estabilidad del sistema político y de gobierno.
El asunto no va solo
por la libertad de empresa, sino que afecta directa o indirectamente a la
sociedad civil y a la sociedad política. Si elevamos el nivel de discusión a la
idea del bien común, entonces vamos a la esencia misma de lo republicano: a
salvaguardar el interés de todos frente al interés egoísta de unos cuantos. O
si se quiere, hasta qué punto la libertad de empresa y la concentración de
medios en particular afecta el buen gobierno o los intereses de todos.
Ese debate se
encuentra ausente, salvo una que otra voz, en cierta forma porque -a diferencia
de otros países de la región- la ideología y prédica neoliberal sigue siendo
dominante entre nosotros, recurso eficaz cuando se trata de impedir cualquier
regulación; lo que se ha reflejado no solo en los argumentos de periodistas del
GEC a favor de la concentración, sino en confundir lo que sería una regulación
de carácter jurídico-económico como existe en distintos países de raigambre
liberal y capitalista, con una “mordaza” a la prensa a través de una ley
similar a la existente en la época del gobierno del general Velasco, eludiendo
así la esencia del debate. (Más allá de los “cucos” que no ayudan a un debate
serio y más bien lo entorpecen, sería bueno que aquellos que defienden la
concentración de medios argumenten más seriamente. Algunos lo están haciendo,
lo que estimula el debate; pero otros no pasan de exhibir fantasmas, es decir
nada).
Frente a ello urge un
debate del tema en distintos niveles, no solo en la lucha entre ambos grupos
periodísticos, y que fruto de ese debate se proponga (o no) una regulación
legal de la concentración de medios y del segundo párrafo del artículo 61º de la Constitución Política.
Tienen la palabra sobretodo los colegios profesionales, las universidades, las
asociaciones civiles y, por supuesto, los propios medios.
Asimismo, la variable
política del asunto ya apareció y se irá acentuando conforme el proceso
judicial vaya desarrollándose en los tribunales. No solo porque ya se encuentra
en la agenda pública el debate, traspasando los intereses propios de cada uno
de los grupos mediáticos en pugna; sino también porque está ocurriendo una
suerte de “acumulación de fuerzas” en ambos bandos en pugna. Los dos grupos
mediáticos saben muy bien que esta “guerra” no solo se libra en el fuero
judicial o lanzándose puyas los periodistas de ambas casas, sino que el apoyo
político implícito o explícito es importante para ganar la guerra. De allí que
dos partidos políticos (el APRA y el PPC) se hayan pronunciado expresamente en
contra de cualquier regulación, esgrimiendo precisamente como justificativo “la
defensa de la libertad de expresión”. Por el lado del GLR ha contado como
aliado -quizás no tan inesperadamente- al propio presidente de la república y
otras personalidades respetadas, tanto del mundo político, como el académico y
el intelectual. El asunto podría tornarse insostenible si los operadores
políticos intervienen con medidas o actos fuera de toda proporción o extrayendo
leyes inesperadas sin la necesaria reflexión y ponderación del tema.
De allí que el tema
debería ser revisado en sede constitucional, sea el propio Tribunal
Constitucional y, de ser posible, la Corte Interamericana
de Derechos Humanos. Obvio que con esta acción legal el Grupo La República tiene mucho
que ganar y nada que perder (por razones éticas debería expresamente declarar
su inhibitoria a adquirir el conglomerado de Epensa ante un eventual fallo a su
favor), mientras al Grupo El Comercio le sucede exactamente lo contrario (razón
por la cual al inicio no quiso entrar al debate y luego se vio forzado a ello);
pero, los argumentos en sede constitucional -más allá de a quién le den la
razón- servirían para fijar los lineamientos de una posible regulación legal.
Eduardo Jiménez J.
ejjlaw@yahoo.es