Monday, December 11, 2006

SEXO CENSURADO

En el Congreso peruano cada cierto tiempo y a veces por las personas menos pensadas surge lo que los franceses llaman una boutade, una de esas ocurrencias “geniales” que lindan con lo cómico. Esta vez ha sido la de prohibir en los medios de comunicación los anuncios de servicios sexuales (los anuncios conocidos eufemísticamente como relax). El autor del proyecto de ley es el congresista Daniel Robles, de las filas del APRA, quien sustenta su proyecto en que dichos avisos van contra “las buenas costumbres”.

En principio, hay que ver que se entiende por buenas costumbres.
Cuando converso con mis alumnos del tema les pongo un ejemplo: si una chica decide hacer un topless en una playa de Río de Janeiro probablemente no llamaría la atención de ningún circunstante, a lo sumo la de un mirón ocasional que se quede sorprendido, dependiendo de la proporción de los pechos de la toplista; pero, si esa misma chica decide hacer topless en una playa limeña es probable que algún bañista llame al serenazgo y la pobre muchacha termine en la Comisaría por atentar contra “las buenas costumbres”.
Como vemos, lo que se entiende por buenas costumbres es bastante relativo. Varía de un lugar a otro, también de una época a otra (pongamos el caso del bikini, prohibido hace cincuenta años atrás y hoy ampliamente admitido), e incluso de una región a otra en un mismo país (en la selva que una adolescente de 14 años se inicie en la vida sexual no llama la atención a nadie, si fuese en la ciudad llamaría a escándalo y podría incluso ser considerado hasta delito). Las “buenas costumbres” están relacionadas también con el criterio estándar que tengan de estas un grupo social, religioso o étnico determinado (las buenas costumbres, por ejemplo, no serán lo mismo para un católico que para un testigo de Jehová); por lo que no existe un solo patrón de buenas costumbres sino muchos y no podríamos decir que uno sea superior al otro, o peor aún que sea “el verdadero” debido a que caeríamos en el riesgo de la intolerancia.

Vayamos ahora al efecto práctico en la sociedad que podría tener una norma así de ser promulgada. La pregunta es si una norma prohibitiva conseguirá efectivamente disminuir la afluencia de los consumidores a los servicios sexuales. Complementariamente también se podría preguntar si las damas y caballeros que se dedican a este oficio se dedicarían a alguna otra actividad. Si la charapita potoncita y ojiclaro se dedicará a las pasarelas, o si el moreno chinchano zapatón que atiende sin discriminación tanto a damas como a caballeros modernos se dedicará a vender zapatos en su nativa Chincha.
Evidentemente que no. La eficacia de una norma así es nula en la sociedad. Buscarán otras formas de promocionarse, una de ellas el Internet, el cual es imposible de censurar en su contenido.

Ahora pasemos a analizar las razones legales. ¿El proyecto de ley es anticonstitucional o no?
Aparte del derecho de contratación que tienen estas personas para promocionar sus servicios mediante avisos en los medios de comunicación (sus principales receptores son el decano de la prensa nacional -cuyos avisos de la sección relax ocupan páginas enteras en su suplemento dominical de avisaje-, así como los periódicos chicha que prácticamente viven de esos anuncios), existe también el derecho a la información que tienen los consumidores o usuarios de saber los precios y lugares donde se ofrecen estos servicios (casi en toda Lima), a fin de elegir el más adecuado a su bolsillo y a la distancia del lugar en que se encuentre (recordemos que el ejercicio de la prostitución –es decir el ofrecer los servicios sexuales a cambio de una contraprestación económica- no es delito en el Perú). De prohibirse estos avisos, el precio de los servicios sexuales subiría al tornarse semiclandestino y por tanto el costo subiría en proporción al riesgo, por lo que el precio final al cliente también. En otras palabras, el servicio se encarecería, aparte que el consumidor no podría elegir entre la diversidad de ofertas que se le presentan.

Como pasa siempre con este tipo de normas, al final resultan inocuas y son letra muerta. Por lo común es más fácil buscar la represión de un hecho social que regularlo inteligentemente. Una forma de regularlo es ofreciendo estos avisos en separata aparte debidamente embolsados y sólo a personas adultas. La idea me la sugirió uno de mis alumnos (imagino que lector asiduo de estos avisos), y razón no le falta. Es una manera de regularlos y que el público infantil no se regodee sobretodo con las fotos bastante explícitas que aparecen en algunos de estos avisos. Lo que trae a su vez otro problema regulatorio: la necesidad de una -o mejor dicho de varias- zonas rosas en la ciudad, con eso se conseguiría incluso bajar la tasa de enfermedades infecto-contagiosas, incluyendo al temible SIDA, y porqué no, hasta que paguen impuestos las personas que se dedican a este oficio. Pero, como siempre, se busca lo más fácil, y lo más fácil es “prohibir”.

El proyecto del congresista Robles no será el último intento de reprimir el sexo, habrá otros en el futuro, que duda cabe, que como el proyecto comentado pasarán al desván de los olvidos.
Eduardo Jiménez J.
ejjlaw@yahoo.es

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