Eduardo Jiménez J.
jimenezjeduardod@gmail.com
@ejj2107
El tema es a raíz de la suspensión total
de X (ex Twitter) que acaeció en el estado de Brasil, ordenada por un juez
federal de la Suprema Corte. Todo se origina cuando en Enero de 2023 un grupo
de partidarios del ex presidente brasileño Jair Bolsonaro invadieron los
recintos del Congreso Nacional y la Suprema Corte descontentos de la victoria
de Lula da Silva sobre su candidato. Parte del descontento fue difundir
supuestamente contenidos falsos en la red X “gestionados por usuarios acusados
de socavar la democracia y el proceso electoral” (sic).
Inicialmente
se ordenó el bloqueo de varios de los usuarios que gestionaban esos mensajes. X
no acató la medida, alegando que era censura e iba contra la libertad de
expresión. La cosa fue escalando a mayores, multas progresivas, retiro del
representante legal de X en Brasil, hasta llegar, por orden del juez Moraes, a
la suspensión total de la red en el estado brasileño, ordenando incluso fuertes
multas diarias sobre aquellos usuarios que usen X con un VPN “fantasma” a fin
de eludir la suspensión.
Más
allá de si la decisión del juez Moraes fue o no abuso de poder, si obedeció o
no a un sesgo político a favor del oficialismo brasileño, el incidente es
importante para analizar la eterna dicotomía de libertad de expresión vs
censura y los alcances que pueden tener las redes sociales más allá de la
soberanía de cualquier estado.
La
primera apreciación es sobre la libertad de expresión. ¿Es válido que un estado
nacional ordene bloquear redes por mensajes que no son de agrado del gobierno
de turno?, ¿se puede autorregular la libertad de expresión en las redes?, ¿cuál
es la responsabilidad de estas en caso de ser negligentes en la propia
regulación?, ¿hasta qué límite es dable la intervención de un estado en temas
tan delicados como la libertad de expresión? Tengamos presente que toda
decisión judicial no es neutral y tiene repercusiones políticas y económicas.
Si
entendemos la soberanía como el ejercicio de autoridad del estado en cierto
territorio, evidentemente que cualquier estado puede ejercer la suya si se
afectan intereses nacionales. El punto es que ese ejercicio de autoridad no sea
ilimitado ni arbitrario, ni caiga en un totalitarismo, sino canalizado o
regulado, sea por otras instituciones del propio estado (ejemplo el Tribunal
Constitucional) o leyes sobre la materia (legislación interna, convenios
internacionales, etc.).
Luego
se encuentra la soberanía del estado vs la “soberanía” de las trasnacionales de
la comunicación. Generalmente la soberanía se ha entendido como la de un estado
nacional, competente en varias materias, muchas en exclusividad. (ejemplo:
cobrar impuestos). Pero, con las redes sociales está ocurriendo una suerte de
soberanía virtual, más allá de cada estado nacional. Y la pregunta que cae por
su peso es si estas pueden ser impunes en caso trasgredan una legislación
nacional.
A
inicios de siglo las redes y su contenido eran totalmente libres. Recién
empezaban. Se hablaba de “la libertad de internet”, suerte de paraíso virtual
adánico. Esto cambió cuando congregan más usuarios, se comenta y se transa de
todo, y en coyunturas delicadas en un estado nacional como sufragios para
cargos de elección popular, los mensajes falsos pueden ir y volver de un lado y
otro (encuestas falsas, dichos falsos, fotos trucadas, etc.). Las redes tienen
ahora más poder.
En
ese nivel ya se requiere una regulación de la red sin caer en la censura o
colisionar contra los derechos individuales de una persona. Lo idóneo es que la
propia red cumpla con el deber de regularse y verificar el contenido. Por
ejemplo, en materia de fraude, a redes trasnacionales como Meta se les está
pidiendo que tengan mecanismos de autorregulación que eviten las estafas en
línea y asumir parte del reembolso (devolución) a las víctimas. Ya no hablemos
de lo que sucedió con Telegram, donde uno de sus directivos fue detenido porque
la red acusaba tráfico de pedofilia.
Si
bien la libertad de expresión es esencial, las redes deben verificar que otros
bienes jurídicos también sean adecuadamente tutelados como el patrimonio, el
honor de la persona o la libertad sexual de menores, caso contrario lo tendrá
que ejercer el estado nacional; pero, teniendo presente que un tema de
regulación es siempre político, no únicamente “técnico” y que puede ser usado
para otros fines distintos en aquellos que detentan el poder. Es un tema
polémico por donde se le mire.
Quizás estamos viendo el inicio del
fin de la soberanía nacional tal como la entendíamos y la enseñaron en las
Escuelas de Derecho o, por lo menos, la disminución de esta soberanía en un
mundo globalizado, lo que tarde o temprano iba a suceder, pero donde los
estados nacionales todavía tienen algo que decir.
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