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Sunday, October 20, 2024

SOBERANÍA DEL ESTADO VS REDES SOCIALES TRASNACIONALES

 Eduardo Jiménez J.

jimenezjeduardod@gmail.com

@ejj2107


El tema es a raíz de la suspensión total de X (ex Twitter) que acaeció en el estado de Brasil, ordenada por un juez federal de la Suprema Corte. Todo se origina cuando en Enero de 2023 un grupo de partidarios del ex presidente brasileño Jair Bolsonaro invadieron los recintos del Congreso Nacional y la Suprema Corte descontentos de la victoria de Lula da Silva sobre su candidato. Parte del descontento fue difundir supuestamente contenidos falsos en la red X “gestionados por usuarios acusados de socavar la democracia y el proceso electoral” (sic).

 

Inicialmente se ordenó el bloqueo de varios de los usuarios que gestionaban esos mensajes. X no acató la medida, alegando que era censura e iba contra la libertad de expresión. La cosa fue escalando a mayores, multas progresivas, retiro del representante legal de X en Brasil, hasta llegar, por orden del juez Moraes, a la suspensión total de la red en el estado brasileño, ordenando incluso fuertes multas diarias sobre aquellos usuarios que usen X con un VPN “fantasma” a fin de eludir la suspensión.

 

Más allá de si la decisión del juez Moraes fue o no abuso de poder, si obedeció o no a un sesgo político a favor del oficialismo brasileño, el incidente es importante para analizar la eterna dicotomía de libertad de expresión vs censura y los alcances que pueden tener las redes sociales más allá de la soberanía de cualquier estado.

 

La primera apreciación es sobre la libertad de expresión. ¿Es válido que un estado nacional ordene bloquear redes por mensajes que no son de agrado del gobierno de turno?, ¿se puede autorregular la libertad de expresión en las redes?, ¿cuál es la responsabilidad de estas en caso de ser negligentes en la propia regulación?, ¿hasta qué límite es dable la intervención de un estado en temas tan delicados como la libertad de expresión? Tengamos presente que toda decisión judicial no es neutral y tiene repercusiones políticas y económicas.

 

Si entendemos la soberanía como el ejercicio de autoridad del estado en cierto territorio, evidentemente que cualquier estado puede ejercer la suya si se afectan intereses nacionales. El punto es que ese ejercicio de autoridad no sea ilimitado ni arbitrario, ni caiga en un totalitarismo, sino canalizado o regulado, sea por otras instituciones del propio estado (ejemplo el Tribunal Constitucional) o leyes sobre la materia (legislación interna, convenios internacionales, etc.).

 

Luego se encuentra la soberanía del estado vs la “soberanía” de las trasnacionales de la comunicación. Generalmente la soberanía se ha entendido como la de un estado nacional, competente en varias materias, muchas en exclusividad. (ejemplo: cobrar impuestos). Pero, con las redes sociales está ocurriendo una suerte de soberanía virtual, más allá de cada estado nacional. Y la pregunta que cae por su peso es si estas pueden ser impunes en caso trasgredan una legislación nacional.

 

A inicios de siglo las redes y su contenido eran totalmente libres. Recién empezaban. Se hablaba de “la libertad de internet”, suerte de paraíso virtual adánico. Esto cambió cuando congregan más usuarios, se comenta y se transa de todo, y en coyunturas delicadas en un estado nacional como sufragios para cargos de elección popular, los mensajes falsos pueden ir y volver de un lado y otro (encuestas falsas, dichos falsos, fotos trucadas, etc.). Las redes tienen ahora más poder.

 

En ese nivel ya se requiere una regulación de la red sin caer en la censura o colisionar contra los derechos individuales de una persona. Lo idóneo es que la propia red cumpla con el deber de regularse y verificar el contenido. Por ejemplo, en materia de fraude, a redes trasnacionales como Meta se les está pidiendo que tengan mecanismos de autorregulación que eviten las estafas en línea y asumir parte del reembolso (devolución) a las víctimas. Ya no hablemos de lo que sucedió con Telegram, donde uno de sus directivos fue detenido porque la red acusaba tráfico de pedofilia.

 

Si bien la libertad de expresión es esencial, las redes deben verificar que otros bienes jurídicos también sean adecuadamente tutelados como el patrimonio, el honor de la persona o la libertad sexual de menores, caso contrario lo tendrá que ejercer el estado nacional; pero, teniendo presente que un tema de regulación es siempre político, no únicamente “técnico” y que puede ser usado para otros fines distintos en aquellos que detentan el poder. Es un tema polémico por donde se le mire.

 

            Quizás estamos viendo el inicio del fin de la soberanía nacional tal como la entendíamos y la enseñaron en las Escuelas de Derecho o, por lo menos, la disminución de esta soberanía en un mundo globalizado, lo que tarde o temprano iba a suceder, pero donde los estados nacionales todavía tienen algo que decir.